Empresas de recobro de deudas: ¿cómo funcionan?

Las empresas de recobro de deudas pueden generar mucha confusión entre los particulares, especialmente en todo lo que tiene que ver con su funcionamiento y legalidad. Por esa razón, te explicaremos todo lo que necesitas saber en caso de que necesites afrontarte ante una de estas entidades.

¿Qué es una empresa de recobro?

Cuando hablamos de qué son las empresas de recobro, nos referimos a entidades que se encargan de cobrar deudas que una persona tiene con un tercero. De esta forma, gestiona los cobros de los clientes de ciertas empresas que pueden ir desde una compañía prestamista, hasta la del suministro de servicios como el teléfono, agua o energía eléctrica.

¿Cómo funciona una empresa de recobro?

Información sobre empresas de recobro

Lo primero que debes entender sobre estas figuras jurídicas es que son los intermediarios entre el consumidor y la compañía a la que le debe el dinero en caso de que no hayas llegado a un acuerdo previo de reunificación de deudas. Su propósito es que, si tienes alguna deuda pendiente vencida, termines de pagarla para saldar esta cuenta y con ello limpiar tu reputación crediticia.

Por supuesto, estas empresas se llevan una comisión por cada operación llevada a cabo con éxito, que puede ser un porcentaje de la deuda. Otra alternativa es que las compañías que hacen uso de las empresas de recobro de deudas compren una suscripción mensual para garantizar que sus clientes paguen tarde o temprano.

El procedimiento es simple, la empresa de recobro contacta al deudor y le reclama la cantidad que debe en nombre de la empresa prestamista. Sin embargo, este tipo de comunicaciones no son nada cordiales y vienen acompañadas de la advertencia de incluirlos en un fichero de morosos para generar un sentimiento de presión.

Reclamación de deuda por parte de una empresa de recobro

El proceso de reclamación de deuda no implica que las empresas de recobro actúen como quieran. Deben seguir estos requisitos para solicitar el pago de la misma:

  • La deuda debe estar reconocida como vencida, sin que exista un litigio en arbitraje o en los tribunales.
  • La empresa prestamista necesita demostrar que ya existía una deuda previa y que se venció el plazo para pagarla sin recibir ningún tipo de abono.
  • Es imprescindible enviar una petición de pago al deudor para alertarle sobre su futura inclusión en un fichero de morosos antes de hacerlo.
  • La notificación de inclusión en el fichero de morosos debe realizarse 30 días antes de incluirlo.
  • Esta comunicación debe incluir los derechos que el deudor posee en materia de protección de sus datos personales.

¿La Ley de Protección de Datos ampara al deudor?

empresa de cobro de deudas

Es importante aclarar que en España no existe una ley que regule las empresas de recobro de deudas, pero existen algunos apartados del Código Civil, la Ley de Protección de Datos y la Ley de Defensa de Consumidores que hacen referencia a los límites legales de su actuación. Los parámetros más importantes son:

  • Estas empresas solo pueden velar por el cobro de deudas reales, vencidas y exigibles.
  • Las empresas de recobro de deudas tienen derecho legal de recibir tus datos por parte de las entidades acreedoras, pero debe existir una relación contractual y previo consentimiento del usuario respecto al tratamiento de datos.
  • Estas entidades no pueden llevar a cabo métodos de reclamación de la deuda que pongan en riesgo la imagen o los derechos del deudor.

Es posible que tengas otras dudas, por ejemplo, si pueden embargar a tu pareja por una deuda tuya, o casos similares. Es normal, lo primero que debes hacer es estar bien informado de todo lo que conlleva estar endeudado y como proceder ante ello. Para ayudarte en tu situación también te puede interesar nuestro artículo sobre cómo salir de deudas.

¿Cuáles son los derechos del deudor frente a una empresa de recobro?

Una persona que se ve en esta situación debe asumir que está en riesgo de aparecer en un fichero de morosos como ASNEF, lo cual le impedirá acceder a muchos productos financieros. Sin embargo, existen empresas que ofrecen préstamos con nómina estando en ASNEF. La empresa de recobros además de seguir los pasos descritos anteriormente debe respetar los siguientes derechos:

  • Si desconoces el listado de morosos en el que se te ha incluido, puedes recurrir al derecho gratuito que tienes para acceder a tus datos personales.
  • Tener certeza plena de que tus datos han sido eliminados del fichero una vez que la deuda se ha pagado.
  • Llevar a cabo el derecho de supresión en caso de que hayan transcurrido 6 años desde la fecha de vencimiento de la deuda, solicitando a ASNEF que retire directamente los datos.

¿Qué debo hacer si me llaman de una empresa de recobros?

empresa recobro tribunales

Hoy en día, existen alternativas para salir de ASNEF, pero lo más importante es cómo enfrentes tu reacción ante la aparición de una entidad de recobro. Pueden darse dos escenarios:

  • Si no reconoces la deuda

Comunícalo cuanto antes a la empresa de recobro y a la entidad a la que supuestamente le debes dinero haciendo uso de un burofax. Allí deberás solicitar ver los documentos que acreditan que existe la deuda.

Si tus datos fueron incorporados en algún fichero de morosos del país, deberás acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para pedir que se te excluya de estos registros. En caso de obtener una respuesta que no cumpla con tus expectativas o que no reconozcas, puedes llevar a cabo una solicitud de arbitraje en Consumo o incluso acudir a los tribunales.

  • Si la deuda es verídica

En este caso, aún puedes solicitar minicréditos con ASNEF o incluso créditos a devolver en 12 meses. Sin embargo, lo primero es intentar pagar esta deuda cuanto antes.

Actualmente, las empresas de recobro de deudas también ofrecen diferentes formas de replantear la cantidad que queda por pagar, como puede ser a través de un pago fraccionado o un refinanciamiento de la deuda.

Cuando elegimos la primera opción, hacemos la deuda más llevadera y podemos afrontarla en diferentes cuotas. Si por el contrario, tienes la opción y eliges refinanciar una deuda, lo que estarás haciendo es reestructurar y contraer una nueva deuda con diferentes plazos, tipo de interés y condiciones. La mejor alternativa dependerá de tus necesidades y situación actual.

También es posible que ocurran malentendidos en cuanto a gastos, honorarios o intereses que la empresa de recobro quiera pedirte. Siempre puedes llegar a una negociación, pero si no surge ninguna resolución, puedes recurrir a los tribunales o pedir un arbitraje de Consumo que deberá emitir una resolución para declarar la deuda como cierta. Antes de esto no podrán incluirte en ninguna lista de morosos.

5/5 - (3 votos)
Comentarios (4)
Deja tu comentario

Autorizo el tratamiento de mis datos para publicar comentario.

  • Información básica acerca de la protección de datos
  • Responsable: Finelf.com sp. z o.o.
  • Finalidad: Publicación del comentario.
  • Legitimación: Consentimiento.
  • Destinatarios: No se comunicarán los datos a terceros.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
  • Más información: Puedes ampliar información acerca de la protección de datos en el siguiente enlace: política de privacidad.

Sortear
  • Comentario de María
    Publicado
    05.06.2022, 13:28
    María

    Hola! Tengo una duda, no aparezco en Asnef pero hay una empresa de recobros que me pide saldar un importe de hace como 8 ó 10 años. Si no aparezco en ese listado qué debo hacer? Se supone que ha prescrito? Gracias!

    • Comentario de María García Pérez
      Publicado
      13.06.2022, 14:17
      María García Pérez

      Hola María. Las deudas prescriben entre los 3 y los 15 años. Te aconsejamos que te pongas en contacto con la empresa de recobros que te pide saldar la deuda para resolver el problema. Un saludo

  • Comentario de carcar
    Publicado
    14.06.2023, 14:20
    carcar

    Buenos dias. ¿debería informar al deudor de que voy a acudir a una empresa de recobros antes de hacerlo?. Muchas gracias

    • Comentario de Alejandro Lozano
      Publicado
      14.06.2023, 14:44
      Alejandro Lozano

      Hola Carcar! Oficialmente no es necesario informarle de que vas a acudir a una empresa de recobro de deudas, sin embargo éticamente se recomienda hacerla porque la empresa de recobro se pondrá en contacto con el deudor y pedirá información sobre el propietario de la deuda. Por lo que ya es tu decisión si quieres informar al deudor para no empeorar la situación y tratar de resolverlo amistosamente, o recurrir directamente a la empresa de recobro.