El tipo de empresa más adecuado para tu negocio

Ser socio de una entidad comercial o ser propietario único

Si tienes una idea de negocio o quieres trabajar como profesional en tu sector, estás en el lugar adecuado. Tanto si tienes experiencia previa como autónomo como si es la primera vez que animas a dar el paso y crear tu propia empresa, te explicamos brevemente cuáles son los diferentes tipos de pequeña y mediana empresa, sus obligaciones fiscales y sus ventajas.

¿Qué es una PyME y cuáles son los tipos más comunes?

En España los profesionales y PyME (Pequeña y Mediana Empresa) pueden constituirse en diferentes tipologías de empresas.

Cada uno con unas características propias, beneficios y obligaciones fiscales. En todas ellas se asumen unos riesgos y comportará unos costes. Cuando hablamos de autónomo sabemos que nos referimos al perfil de profesional que trabaja solo o con menos de 5 trabajadores a su cargo. Pero cuando hablamos de PyME y teniendo en cuenta la facturación anual y total de trabajadores, debemos considerar estos tres tipos:

  • Microempresa: va desde el autónomo hasta un pequeño negocio de menos de 10 trabajadores y una facturación anual por debajo de 2M de Euros
  • Pequeña empresa: un negocio con entre 10 y 50 trabajadores y una facturación anual de menos de 10M de Euros
  • Mediana empresa: un negocio entre 50 y 250 trabajadores con una facturación anual de entre 10 y 50 millones de Euros.

A partir de aquí, encontramos hasta 16 tipos de empresa diferentes en España y te explicamos los 5 más comunes, dejando de lado las sociedades agrícolas.

  1. Autónomo
  2. Sociedad Civil
  3. Sociedad Limitada
  4. Sociedad Anónima
  5. Sociedad Cooperativa

Excepto en el caso de los autónomos, todos en todos ellos deberás pagar impuesto de sociedades y la cotización (IRPF) de cada trabajador, sea este autónomo o asalariado.

Autónomo

El trabajador autónomo es uno de los grandes pilares de la economía en Europa y se trata de una persona que realiza de forma personal, directamente y fuera del ámbito exclusivo de una empresa, una actividad profesional lucrativa. Esta fórmula permite tener trabajadores a cargo. Para darse de alta como autónomo no se requiere capital inicial, sólo rellenar un formulario y ya podremos empezar a trabajar.

Entre las obligaciones del autónomo contamos con el pago de la cuota mensual de autónomos que nos da derecho a cobertura sanitaria universal, prestación por cese de actividad o por enfermedad común. La otra obligación es la declaración del impuesto del IVA y del IRPF trimestralmente. En nuestra web encontrarás un ranking dedicado en exclusiva a los préstamos para autónomos que puedes usar para pagar impuestos periódicos ante la falta de efectivo o acceder a préstamos para emprendedores para financiar un proyecto.

Uno de los cambios que introdujo la Ley de Emprendedores en España fue la creación del Autónomo de Responsabilidad Limitada (A.R.L.). Se trata de una modalidad en la que se crean limitaciones de la responsabilidad para evitar tener que responder con el patrimonio del autónomo a las deudas u obligaciones contraídas. Eso sí, en esta modalidad deberás registrar las cuentas en registro mercantil.

Sociedad Civil

Es la fórmula más simple y barata de crear una sociedad entre dos o más autónomos porque no es necesario aportar un capital inicial, ni inscribirse en el Registro Mercantil, con la excepción de tener que aportar bienes inmuebles a la constitución. Se debe hacer sólo un contrato privado en el que figure la actividad de la empresa, la participación de los socios en coste y beneficio o qué sucede cuando no se cumplen las aportaciones de cada socio.

Esta sociedad está sujeta al Impuesto de Sociedades y a llevar un libro de contabilidad como la de una sociedad limitada, con registro anual de cuentas en el registro mercantil. También tiene alguna desventaja, como que la responsabilidad de los socios es ilimitada y, como en el caso de los autónomos, responden con su patrimonio ante las deudas contraídas con terceros a causa de la actividad.

Sociedad Limitada

A partir de cierto nivel de facturación anual la Sociedad Limitada es un tipo de empresa muy interesante tanto a nivel individual, como con diversos socios.

La principal ventaja es que la responsabilidad es limitada. Los socios no deberán aportar capital privado para hacer frente a las deudas. Igual que con la sociedad civil, en el momento de su constitución deberá quedar claro el objetivo, la aportación de cada socio y el reparto de beneficios.

Deberá darse de alta y llevarse un libro de contabilidad a presentar en el Registro Mercantil y deberá pagarse el Impuesto de Sociedades.

Entre sus desventajas encontramos que la aportación inicial debe ser de 3000€ como mínimo. Además que el impuesto de sociedades puede ser más elevado que el pago de IRPF, especialmente si la facturación desciende. Si no tienes el capital par la aportación inicial, puedes solicitar un préstamo de 3000 euros de concesión inmediata.

Sociedad Anónima

Este es el otro gran tipo de sociedad de responsabilidad limitada más asociada a las compañías de un cierto tamaño. De nuevo, los socios aportan un capital inicial que debe ser de un mínimo de 60.000€. Este debe estar disponible en el momento de constituir la sociedad.

Además, la sociedad anónima se fragmenta en acciones y estas pueden ser transmitidas de manera libre, permitiendo la entrada de más socios.

Sociedad Cooperativa

En esta modalidad, la responsabilidad de los socios también es limitada. El número de socios debe ser de 2 o 3 según cada comunidad autónoma. En Andalucía es sólo de 2, pero en Cataluña puede ser de 2 en el momento de su registro con la obligación de llegar a 3 transcurridos 2 años desde su constitución.

En la cooperativa se establece la equiparación de derecho político y económico entre los socios sin distinguir el capital aportado. Esto debe quedar fijado en los estatutos. Además, los socios tendrán derecho a cotización por el Régimen General o como autónomo, pero por el RETA.

La principal desventaja reside en su ventaja más grande. Al dividirse el poder de decisión por igual entre los socios, es más complicado que en una Sociedad Anónima o Limitada lograr acuerdos. Otra desventaja es que los trámites para deshacer esta sociedad son bastante largos.

Financiación según el tipo de empresa

Es importante que sepas que en función de la tipología de negocio que elijas, tendrás opción a unas formas de financimiento u otras.

Por ejemplo, las sociedades agrícolas tienen subvenciones especiales destinadas a este tipo de sector; o si eliges financiar tu proyecto haciendo partícipes a terceros (independientemente del tipo de actividad) estaríamos hablando de un préstamo participativo; algo que tampoco debemos de obviar cuando buscamos una inyección económica para arrancar con el proyecto.

No obstante, la modalidad de empresa elegida dependerá principalmente del número de socios o participantes, capital del que se disponga para crearla y actividad empresarial que vaya a desarrollar.

¿Qué tipo de empresa te conviene?

Hemos resumido los 5 grandes bloques de empresas tanto por nivel de facturación como por constitución legal. Excepto en el caso de los autónomos, cada sociedad tiene diferentes subtipos como las Sociedad Laboral Limitada, Sociedad Laboral Anónima, Sociedad Limitada Nueva Empresa, Comunidad de Bienes… o las sociedades de trabajadores agrícolas o cooperativas agrícolas, que tienen sus propias características particulares.

En Money24 encontrarás información muy valiosa sobre: los diferentes tipos de impuestos, cuánto cuesta darse de alta como autónomo y otros artículos que iremos añadiendo en nuestro blog sobre economía.

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